Las  asociadas y los asociados a la Asociación de la Magistratura y de la Función Judicial de Entre Ríos presentes en la Jornada del Fuero de Familia 2019 desarrolladas en la ciudad de Victoria, Entre Ríos, el 1º de noviembre de 2019, repudian los embates de la autodenominada comunidad terapéutica Programa Ibicuy sobre los procesos de control de legalidad de las personas allí internadas por motivos de salud mental, y declaran públicamente:

1. La internación involuntaria por razones de salud mental implica una privación de libertad que coloca a la persona en una especial situación de vulnerabilidad, lo cual obliga a un estricto control estatal a través de la autoridad judicial y los organismos creados a tal efecto.

2. La Convención sobre los Derechos de la Personas con Discapacidad y la Ley Nacional de Salud Mental Nº26.657, basadas en las nociones de ampliación de derechos, en especial, libertad, igualdad, inclusión social y dignidad humana, reconocen como sujeto de derechos a las personas usuarias de servicios de salud mental, y garantiza que la atención en salud mental debe realizarse con respeto a los DDHH. ​

3. Los derechos sociales forman parte de los derechos humanos fundamentales de las personas, y por lo tanto son exigibles al Estado en su calidad de garante. La concreción de estos derechos constituye una instancia fundamental para la preservación y mejoramiento de la salud mental. ​

4. Las personas con uso problemático de drogas, legales e ilegales, tienen el derecho a recibir una atención en salud basada en fundamentos científicos ajustados a principios éticos. ​

5. El control judicial de las internaciones como garantía del respeto de los derechos a los que son titulares todas las personas, aún en situación de encierro o confinamiento, con o sin su voluntad, constituye una inalienable obligación frente a encierros injustos y dañosos, que ocultan castigos subyacentes so pretexto de un supuesto tratamiento.

6. La actuación de la magistratura y el funcionariado en este control responde estrictamente a la obligación impuesta por las leyes y convenciones internacionales de garantizar la dignidad de las personas Victoria, 1º de noviembre de 2019.