ORGANO DE REVISION DE SALUD MENTAL PROVINCIA DE ENTRE RIOS Creado por Ley P. Nº 10445/16 Adhiere a la Ley Nacional Nº 26657 y a su Dec. Reglam. 603/13 Cuenta con una Secretaría Ejecutiva, un equipo técnico interdisciplinario (psicólogo, trabajador social, psiquiatra y abogado) y un equipo administrativo El Órgano es interdisciplinario e intersectorial. Conformado por representantes de: – Dirección de Salud Mental Provincial, – Secretaría de Justicia del Gobierno Provincial, – Ministerio Público de la Defensa de Entre Ríos -Asociaciones de Usuarios y/o Familiares del sistema de salud, -Asociaciones de profesionales y otros trabajadores de la salud -Organizaciones de la sociedad civil abocadas a la defensa de los derechos humanos. Tiene las mismas funciones que su par nacional. Algunas de ellas son: *Supervisar de oficio o por denuncia las condiciones de internación, prácticas o abordajes en el ámbito público y privado *Evaluar que las internaciones involuntarias se encuentren debidamente justificadas, *Velar por el cumplimiento de los derechos de las personas en procesos de determinación de capacidad jurídica. Su objeto es proteger y promover los Derechos Humanos de las personas usuarias de los servicios de Salud Mental |
ORGANO DE REVISION DE SALUD MENTAL PROVINCIA DE ENTRE RIOS Creado por Ley P. Nº 10445/16 Adhiere a la Ley Nacional Nº 26657 y a su Dec. Reglam. 603/13 Cuenta con una Secretaría Ejecutiva, un equipo técnico interdisciplinario (psicólogo, trabajador social, psiquiatra y abogado) y un equipo administrativo El Órgano es interdisciplinario e intersectorial. Conformado por representantes de: – Dirección de Salud Mental Provincial, – Secretaría de Justicia del Gobierno Provincial, – Ministerio Público de la Defensa de Entre Ríos -Asociaciones de Usuarios y/o Familiares del sistema de salud, -Asociaciones de profesionales y otros trabajadores de la salud -Organizaciones de la sociedad civil abocadas a la defensa de los derechos humanos. Tiene las mismas funciones que su par nacional. Algunas de ellas son: *Supervisar de oficio o por denuncia las condiciones de internación, prácticas o abordajes en el ámbito público y privado *Evaluar que las internaciones involuntarias se encuentren debidamente justificadas, *Velar por el cumplimiento de los derechos de las personas en procesos de determinación de capacidad jurídica. Su objeto es proteger y promover los Derechos Humanos de las personas usuarias de los servicios de Salud Mental |