En oportunidades la llegada de fin de año posibilita la evaluación de un proyecto de trabajo a fin de determinar si se cumplieron los objetivos y finalidades propuestos. Este fin de año coincide con un importante logro, el Registro Único de Aspirante a Guarda con Fines Adoptivos de la Provincia de Entre Ríos superó el medio millar de Guardas con Fines Adoptivos; significa que niños que con anterioridad no tenían cuidados parentales y que se encontraban institucionalizados, hoy se encuentran desarrollando su vida bajo los cuidados de una familia.

   En abril del año 2011 comenzó a funcionar con el equipo completo el RUAER que había sido creado por ley 9985 del 14 de septiembre de 2010. Previamente se había realizado un relevamiento de todos los legajos de aspirantes que existían en los Juzgados de Familia de la Provincia de Entre Ríos. Algunos de ellos tenían una antigüedad de diez años y pertenecían en su mayoría a personas que no residían en nuestra provincia, principalmente eran familias oriundas de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba y Provincia de Buenos Aires, que al permitirlo el desorden imperante en torno a la Adopción, salían de tour por las provincias argentinas en busca de un niño o niña, generalmente de menos de un año o de corta edad, con excelente estado de salud y buen aspecto a fin de ahijarlo.

   El viejo Código Civil de Vélez Sarsfield aún no había sido reformado y la antigua práctica de la entrega directa se encontraba vigente. Esta práctica consistía en que matrimonios o personas que no podían gestar “convenían” la entrega de un niño o niña con gestantes generalmente de extrema vulnerabilidad social, con quienes existía una gran asimetría cultural y económica. En consecuencia se trataba a los niños y niñas como un objeto que se entregaba, regalaba, permutaba o vendía y no como a un sujeto de derechos.

  Esta práctica de la “entrega directa” permitía que quienes tenían mayor cantidad de relaciones, mayor disponibilidad económica y de tiempo para viajar, gozaban de mayores posibilidades de acceder a un niño o niña para adopción. Son múltiples los ejemplos de parejas o personas que adoptaban varios niños en distintas oportunidades, mientras que otras pasaban años sin acceder a la posibilidad de ahijar a uno.

   Otras de las cuestiones extremadamente negativas de esta práctica tan arraigada, era que impedía que el Estado evaluara las características y capacidades de quienes pretendían ahijar por adopción, favoreciéndose así no sólo a las tan temidas devoluciones, sino también a la posibilidad cierta de que niños terminen siendo víctimas de las personas que ejercían su guarda de hecho.

   Así, con la finalidad de combatir estas cuestiones tan negativas y con la mira puesta en el paradigma del niño sujeto de derechos, en la Convención de los Derechos del Niño, en la Convención Americana de Derechos Humanos y en los fallos de la Corte Interamericana, es que se puso en marcha El Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la Provincia de Entre Ríos, que en el articulado de de su ley de creación establece las siguientes finalidades:

1.- Garantizar una inscripción única en su domicilio real en forma personal y gratuita;

2.- Evitar la tramitación onerosa en la gestión de carpetas;

3.- Posibilitar la evaluación de las capacidades parentales por técnicos especializados en la temática;

4.- Minimizar las tan temidas devoluciones;

5.- Transparentar el proceso fijando fecha y hora cierta de inscripción;

6.-Elaborar archivos y legajos que posibiliten en el futuro al niño niña o adolescente conocer su origen;

7.- En definitiva, crear un instrumento eficaz para que cada vez más niños, niñas y adolescentes desarrollen su vida en una familia, sin importar su edad, salud, aspecto, sexo etc. a través de una adopción responsable.

   La ley 9985 y el equipo de trabajo que ella conformó han cumplido holgadamente con esos fines y hoy, a poco más de ocho años de su vigencia plena, podemos mostrar a más de medio millar de niños entrerrianos desarrollando su vida en el seno de una familia a través de una adopción responsable. Es una política pública entrerriana mirada como ejemplo de transformación positiva por el resto de las provincias argentinas.-

Maximiliano Francisco Benitez – Defensor General de la Provincia